Decisión nº PJ0082013000126 de Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de Caracas, de 9 de Julio de 2013

Fecha de Resolución 9 de Julio de 2013
EmisorJuzgado Superior Octavo de lo Contencioso Tributario
PonenteDoris I. Gandica
ProcedimientoRecurso Contencioso Tributario

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 9 de julio de 2013

203º y 154º

Asunto Nº: AP41-U-2012-000383

Sentencia Interlocutoria Nº: PJ0082013000126

Visto el escrito presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributarios del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 27 de junio de 2013, por los abogados C.H.M.L. y N.M.N., inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 28.293 y 950, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la contribuyente “PELUQUERÍA MIX SB, C.A.”, mediante el cual promovió las pruebas documentales; este Tribunal observa:

CAPITULO UNICO DOCUMENTALES: De conformidad con lo establecido en el artículo 269 del Código Orgánico Tributario y 429 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente a los procedimientos contenciosos tributarios, a tenor de lo dispuesto en el artículo 332 del primero de los códigos mencionados. Por cuanto no son manifiestamente ilegales ni impertinentes se ADMITEN en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva.

De la presente decisión se oirá apelación, en un solo efecto, conforme a lo previsto en el Parágrafo Único del artículo 270 del Código Orgánico Tributario

La Jueza Superior Titular

Dra. D.I.G.A.

La Secretario Accidental

Abg. Abighey C.D.G.

Asunto: AP41-U-2012-000383

DIGA/acdg/jg

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR