Decisión de Juzgado Primero Superior Del Trabajo de Caracas, de 25 de Octubre de 2007

Fecha de Resolución25 de Octubre de 2007
EmisorJuzgado Primero Superior Del Trabajo
PonenteIngrid Gutierrez
ProcedimientoRecurso De Hecho

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 25 de octubre de 2007

197° y 148°

ASUNTO: AP21-R-2007-001462

De una revisión de las actuaciones reflejadas en el sistema juris 2000, realizadas en el expediente AP21-L-2007-003061, asunto principal vinculado con el presente recurso de hecho, se observa que las partes en fecha 23.10.2007, suscribieron un acuerdo transaccional, el cual fue debidamente homologado por la Juez 34° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, dándole efecto de cosa juzgada. En consecuencia, este Juzgado Primero Superior del Trabajo, aplicando los principios procesales de Rectoría del Juez, utilidad del proceso, economía y celeridad procesal, declara: Primero: Inoficioso entrar a conocer el presente recurso interpuesto por el abogado E.E.T.L.B., apoderado judicial de la parte demandada, por cuanto el juicio principal se resolvió a través de un medio alterno de resolución de conflicto, conforme a lo establecido en el artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Segundo: A manera de reflexión, y a titulo ilustrativo para futuros casos, debe esta Alzada señalar, que si bien los Jueces de Sustanciación, Mediación y Ejecución, deben procurar la resolución de los conflictos, a través de los medios alternos, también tienen la obligación de garantizar a las partes, el debido proceso y el derecho a la defensa, y en tal virtud, deben evitar realizar actuaciones que puedan subvertir el proceso, y ocasionar un trato desigual entre las partes. Así se establece. Líbrese oficio.

I.G.d.Q.

Juez Titular

K.S.

Secretaria

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