Decisión de Juzgado Superior en lo Civil, Contencioso y Administrativo de Barinas, de 11 de Febrero de 2005

Fecha de Resolución11 de Febrero de 2005
EmisorJuzgado Superior en lo Civil, Contencioso y Administrativo
PonenteFreddy Josue Duque Ramirez
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES.

BARINAS, 11 DE FEBRERO DE 2005.-

194 º y 145º

En escrito presentado en este Tribunal Superior, en fecha 01 de Abril de 2003, por el ciudadano C.F., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 11.194.695, asistido por el Abogado O.J.G.M., inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 98.394, han interpuesto juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, en contra de la MUNICIPALIDAD DEL MUNICIPIO SOSA DEL ESTADO BARINAS.

En fecha (14) de Diciembre de Dos Mil Cuatro (2004), el Abogado O.J.G.M. apoderado judicial de la parte demandante, por una parte, y la Abogada A.O., por la parte demandada, presentan ACTA DE CONVENIMIENTO, y solicitan a este Tribunal Superior, la homologación del Convenimiento y el archivo del expediente, igualmente solicitan se Oficie al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Sosa y Rojas del Estado Barinas, solicitando la devolución de la comisión librada en fecha 04-11-2004, mediante Oficio Nº 2137.

En el caso de autos, no existe ningún motivo legal que impida el convenimiento, por consiguiente, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO, Y SE LE DA CARÁCTER DE COSA JUZGADA, conforme a lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil:

En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria

.

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior, DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, en el juicio de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuesto por el ciudadano C.F., antes identificado, en contra de la MUNICIPALIDAD DEL MUNICIPIO SOSA DEL ESTADO BARINAS. Se ordena el archivo del expediente -

EL JUEZ PROVISORIO,

F.D.R.

LA SECRETARIA,

B.T.M..

EXP. Nº 4359-03

Ems.

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