Decisión de Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo. de Caracas, de 18 de Julio de 2011

Fecha de Resolución18 de Julio de 2011
EmisorJuzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
PonenteAlejandro José Gómez Mercado
ProcedimientoRecurso De Nulidad. Incompetencia.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL

EXPEDIENTE NRO. 06743

RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD.

"VISTOS" CON INFORMES

- I -

DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS

De conformidad con lo establecido en el ordinal segundo del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, pasa este Tribunal a señalar las partes y sus apoderados, a cuyo efecto establece:

PARTE RECURRENTE: Constituida por el ciudadano H.S., titular de la cédula de identidad Nº V. 8.574.725, en su carácter de Contralor Municipal del Municipio Vargas del Estado Vargas, debidamente asistido por el abogado J.E.V.G., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 74.983.-

ACTOS ADMINISTRATIVOS RECURRIDOS: Constituido por la Ordenanza de Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Municipio Vargas para el Ejercicio Fiscal 2011, publicado en Gaceta Municipal Nº 161-2011, de fecha 20 de enero de 2011; el Decreto 192-11 de fecha 02 de enero de 2011, publicado en Gaceta Municipal Nº 160-2011 de fecha 12 de enero de 2011; el Acuerdo Nº 002 del Concejo Municipal publicado en Gaceta Municipal Nº 161-2011 de fecha 20 de enero de 2011; la Resolución Nº 006-11, emanada del Alcalde del Municipio Vargas del Estado Vargas.-

REPRESENTACIÓN DEL MUNICIPIO VARGAS DEL ESTADO VARGAS: Constituida por los abogados M.R.S.Z., J.L.R., T.M.C. HARAYBEL, INDRIAGO TORO, F.C.V. e I.S., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 31.887; 20.010; 31.692; 33.811; 22.712 y 59.362, respectivamente.-

REPRESENTACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO: Constituida por la abogada D.U.B., en su carácter de Fiscal Auxiliar Décima Sexta del Ministerio Público a Nivel Nacional con competencia en materia Contencioso Administrativo.-

- II -

DETERMINACIÓN PRELIMINAR DE LA CAUSA

Conoce la presente causa este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo, en virtud del recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, interpuesto en fecha 12 de abril de 2011, por el ciudadano H.S., titular de la cédula de identidad Nº V. 8.574.725, en su carácter de Contralor Municipal del Municipio Vargas del Estado Vargas, debidamente asistido por el abogado J.E.V.G., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 74.983, contra la Ordenanza de Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Municipio Vargas para el Ejercicio Fiscal 2011, publicado en Gaceta Municipal Nº 161-2011, de fecha 20 de enero de 2011.-

-III-

SÍNTESIS DE LA CONTROVERSIA

ALEGATOS DE LA PARTE RECURRENTE

Mediante escrito presentado en 12 de abril de 2011, la parte recurrente argumentó como fundamento para su pretendido recurso, lo siguiente:

  1. - Alega que en fecha 18 de octubre de 2010, mediante oficio Nº 01-543-2010, la Contraloría Municipal del Municipio Vargas del Estado Vargas, remitió al ciudadano Alcalde el proyecto de presupuesto de gastos para el ejercicio económico financiero 2011, a los fines de incluirlo en el proyecto de presupuesto de ingresos y gastos del Municipio, que se presentaría ante el Concejo Municipal del mismo de conformidad con lo previsto en el numeral 11 del artículo 104 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. En dicho proyecto fueron incluidas las insuficiencias presupuestarias de los años anteriores arrojando para el ejercicio fiscal del año 2011, la cantidad de DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 19.970.734,00).-

  2. - Indica que en fecha 25 de octubre de 2010, según oficio Nº 2547/10, el Alcalde del Municipio Vargas del Estado Vargas, como respuesta a la remisión del proyecto de presupuesto de la Contraloría le informa que el presupuesto de ingresos y gastos para el ejercicio fiscal 2011 sufrió una disminución del siete por ciento (7%), por lo que el presupuesto de gastos de la Contraloría fue rebajado a la cantidad de SEIS MILLONES CIENTO DOCE MIL NOVECIENTOS NUEVE BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 6.112.909,00), solicitando que sea presentada una nueva distribución presupuestaria ajustada al monto señalado.-

  3. - Señala que en fecha 28 de octubre de 2010, mediante oficio Nº 01-559-2010 el Contralor Municipal hizo del conocimiento del Alcalde del Municipio Vargas, la imposibilidad de acogerse a la determinación presupuestaria hecha por el órgano ejecutivo, dada la autonomía orgánica, funcional y administrativa de la que goza la Contraloría, razón por la cual remitió en fecha 05 de noviembre de 2010, mediante oficio Nº 01-570-2010 al secretario del Concejo Municipal del Municipio Vargas el proyecto de presupuesto económico financiero 2011, que había sido presentado al Alcalde para que fuese incluido en la próxima sesión de la Cámara.-

  4. - Arguye que en fecha 16 de diciembre de 2010, según oficio Nº 1195-10 el subsecretario Municipal notifica a la Contraloría de la aprobación por unanimidad en tercera y última discusión del proyecto de ordenanza de presupuesto, ingresos y gastos para el ejercicio fiscal 2011, para que posteriormente en fecha 10 de enero de 2011, según oficio Nº 003/01-11 la Presidenta del Concejo Municipal del Municipio Bragas le remite al Contralor Municipal un ejemplar de la Ordenanza de Ingresos y Gastos del Municipio Vargas para el ejercicio fiscal 2011, publicada en Gaceta Municipal Nº 159-2010, donde se evidencia que la distribución presupuestaria de la Contraloría Municipal es por la cantidad de DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 19.970.734,00); monto éste que se corresponde con el presupuesto presentado al Alcalde.-

  5. - Expone que en sesión de la Cámara Municipal de fecha 22 de diciembre de 2010, se autorizó al Alcalde un crédito adicional por la cantidad de VEINTICUATRO MILLONES DE BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 24.000.000,00), oportunidad en la cual la Presidenta de la Cámara Municipal sometió a discusión y aprobación una propuesta de levantamiento de sanción a un informe presentado por la Comisión de Economía, en la cual se aprobó la distribución presupuestaria de la Cámara y la Contraloría.-

  6. - Refiere que en fecha 24 de enero de 2011, la Alcaldía del Municipio Vargas, según oficio Nº C.J. 054/11, remite a la Contraloría Resolución Nº 006-11, mediante la cual se aprueba un fondo de avances por la cantidad de SEIS MILLONES CIENTO DOCE MIL NOVECIENTOS NUEVE BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 6.112.909,00).-

  7. - Denuncia que la Alcaldía del Municipio Vargas del Estado Vargas viola los artículos 136; 138; 139; 174; 175 y 176 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 75; 101; 104 numeral 11; 239 y 245 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, al modificar el presupuesto presentado por la Contraloría Municipal para el ejercicio fiscal 2011, comprometiendo los objetivos y metas acordadas en el plan operativo anual y el normal desenvolvimiento del órgano de control fiscal.-

  8. - En virtud de lo anterior solicita la nulidad de la Ordenanza de Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Municipio Vargas para el Ejercicio Fiscal 2011, publicado en Gaceta Municipal Nº 161-2011, de fecha 20 de enero de 2011; el Decreto 192-11 de fecha 02 de enero de 2011, publicado en Gaceta Municipal Nº 160-2011 de fecha 12 de enero de 2011; el Acuerdo Nº 002 del Concejo Municipal publicado en Gaceta Municipal Nº 161-2011 de fecha 20 de enero de 2011; la Resolución Nº 006-11, emanada del Alcalde del Municipio Vargas del Estado Vargas.-

ALEGATOS DE LA REPRESENTACIÓN DEL MUNICIPIO VARGAS DEL ESTADO VARGAS

Mediante escrito presentado en fecha 30 de junio de 2011, la representación del Municipio Vargas del Estado Vargas expuso lo siguiente:

En primer lugar alegó la incompetencia de este Tribunal para conocer de la presente causa dado que el objeto del recurso es solicitar la nulidad de la Ordenanza de Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Municipio Vargas para el Ejercicio Fiscal 2011, publicado en Gaceta Municipal Nº 161-2011, de fecha 20 de enero de 2011; el Decreto 192-11 de fecha 02 de enero de 2011, publicado en Gaceta Municipal Nº 160-2011 de fecha 12 de enero de 2011; el Acuerdo Nº 002 del Concejo Municipal publicado en Gaceta Municipal Nº 161-2011 de fecha 20 de enero de 2011; la Resolución Nº 006-11, emanada del Alcalde del Municipio Vargas del Estado Vargas, por la presunta violación de los artículos 136; 138; 139; 174; 175 y 176 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ante lo cual señala esa representación que en atención al numeral 1 del artículo 336 de la mencionada Constitución, le corresponde a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia el conocimiento del presente caso y así solicita que sea declarado.-

Por otra parte indica que el órgano ejecutivo del Municipio Vargas ha sido respetuoso de la autonomía funcional, orgánica y administrativa del órgano de control del Municipio, dado que de las documentales promovidas por la parte recurrente se evidencia que la violación alegada queda desvirtuada en el presente caso.-

Arguye que el acto recurrido tiene como objeto la corrección de un error material de la versión taquigráfica de la sesión del Concejo Municipal del Municipio Vargas celebrada en fecha 14 de diciembre de 2010, no habiéndose aprobado para la Contraloría Municipal, la cantidad de DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 19.970.734,00), sino la suma de SEIS MILLONES CIENTO DOCE MIL NOVECIENTOS NUEVE BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 6.112.909,00).-

Explana que el Decreto Nº 192-11 de fecha 02 de enero de 2011, no vulnera normas de rango constitucional ni lega, dado que ejecuta una ordenanza sancionada por el Concejo Municipal, por lo que solicita que se desestimen los argumentos señalados por la parte recurrente.-

En estos términos quedó planteado el presente recurso.

-IV-

BREVE RESEÑA DE LAS ACTAS PROCESALES

En fecha 13 de abril de 2011, se recibió de Distribución el recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, interpuesto por el ciudadano H.S., titular de la cédula de identidad Nº V. 8.574.725, en su carácter de Contralor Municipal del Municipio Vargas del Estado Vargas, debidamente asistido por el abogado J.E.V.G., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 74.983, contra la Ordenanza de Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Municipio Vargas para el Ejercicio Fiscal 2011, publicado en Gaceta Municipal Nº 161-2011, de fecha 20 de enero de 2011 (Folio 1 al 275).-

En fecha 18 de abril de 2011, se admitió el presente recurso ordenando la notificación del Alcalde y Síndico Procurador del Municipio Vargas del Estado Vargas y de la Fiscal General de la República. (Folio 276).-

En fecha 23 de mayo de 2011, cumplidas como se encontraban las notificaciones ordenadas en fecha 18 de abril de 2011, se fijo la audiencia de juicio en la presente causa para el vigésimo día de despacho siguiente a la referida fecha, la cual fue celebrada en fecha 30 de junio de 2011 (Folios 282 y 283).-

-V-

MOTIVOS DE HECHO Y DE DERECHO PARA DECIDIR

De conformidad con lo establecido en el ordinal cuarto (4°) del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, pasa éste Tribunal a establecer los motivos de hecho y de derecho en los que fundamentará la presente decisión, a cuyo efecto observa:

En el presente caso se ha ejercido un recurso contencioso administrativo de nulidad contra la Ordenanza de Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Municipio Vargas para el Ejercicio Fiscal 2011, publicado en Gaceta Municipal Nº 161-2011, de fecha 20 de enero de 2011; el Decreto 192-11 de fecha 02 de enero de 2011, publicado en Gaceta Municipal Nº 160-2011 de fecha 12 de enero de 2011; el Acuerdo Nº 002 del Concejo Municipal publicado en Gaceta Municipal Nº 161-2011 de fecha 20 de enero de 2011; la Resolución Nº 006-11, emanada del Alcalde del Municipio Vargas del Estado Vargas, por la presunta violación de los artículos 136; 138; 139; 174; 175 y 176 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 75; 101; 104 numeral 11; 239 y 245 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.-

Como punto previo al fondo de la controversia, pasa este sentenciador a emitir pronunciamiento sobre la incompetencia alegada por la representación judicial de la Alcaldía del Municipio Vargas del Estado Vargas, en la oportunidad de la celebración de la audiencia de juicio, y en consecuencia pasa a revisar su competencia para conocer de la presente causa, en el entendido que la misma es de orden público y evidentemente revisable en cualquier estado y grado de la causa.-

Así las cosas, tal como se expuso en líneas precedentes, el presente recurso se interpuso contra la Ordenanza de Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Municipio Vargas para el Ejercicio Fiscal 2011; el Decreto 192-11 de fecha 02 de enero de 2011; el Acuerdo Nº 002 del Concejo Municipal; y la Resolución Nº 006-11 emanada del Alcalde del Municipio Vargas del Estado Vargas, actuaciones éstas plenamente identificadas en líneas precedentes, en tal sentido, considera este Juzgador necesario analizar la naturaleza jurídica de los actos impugnados a los fines de establecer la competencia de este Tribunal para conocer de la presente causa.-

En este orden de ideas se debe indicar que el artículo 169 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que la organización de los Municipios se regirá por las normas establecidas en la propia Constitución y en las leyes que se dicten para tales fines; entre dichas leyes cabe mencionar la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, cuyo artículo 53 establecía la competencia de cada Municipio para organizar el funcionamiento de los órganos y regular las atribuciones de las distintas entidades municipales. La referida Ley también establece en el numeral 5 del artículo 95 que son atribuciones y deberes del Concejo Municipal “… dictar aprobar el presupuesto de gastos que soporte su plan legislativo anual tomando en cuenta las limitaciones financieras del Municipio…”, el cual como fue dictado conforme al procedimiento de aprobación de las leyes municipales, sin lugar a dudas ostenta la categoría de ordenanza municipal.-

En consonancia con lo anterior, se debe acotar que el numeral 1 del artículo 336 de la Carta Magna establece que es atribución de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia “Declarar la nulidad total o parcial de las Constituciones y leyes estadales, de las ordenanzas municipales y demás actos de los cuerpos deliberantes de los Estados y Municipios dictados en ejecución directa e inmediata de esta Constitución y que colidan con ella”.

Asimismo, el numeral 2 del artículo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, dispone que corresponde a la Sala Constitucional:

Declarar la nulidad total o parcial de las constituciones y leyes estadales, de las ordenanzas municipales y demás actos de los cuerpos deliberantes de los estados, municipios que dictados en ejecución directa e inmediata de la Constitución y que colidan con ella

.

De igual forma se debe destacar que en casos similares al de autos, la Sala Constitucional ha asumido la competencia para conocer del asunto, (Vid. sentencia Nº 862 de fecha 25 de junio de 2009, caso: CONTRALOR DEL MUNICIPIO CARRIZAL DEL ESTADO MIRANDA vs. Ordenanza de Presupuesto de Ingresos y Gastos para el Ejercicio Fiscal del Año Dos Mil Nueve (2009), aprobada por el Concejo Municipal del Municipio Carrizal del Estado Miranda en sesión ordinaria del 12 de diciembre de 2008, publicada en Gaceta Municipal N° 054/2008 del 15 de diciembre de 2008), de allí que, vistas las consideraciones anteriores, es criterio de este sentenciador que la competencia para conocer del presente recurso le corresponde a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud que el objeto de la presente causa es en principio la nulidad de la Ordenanza de Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Municipio Vargas para el Ejercicio Fiscal 2011, publicado en Gaceta Municipal Nº 161-2011, de fecha 20 de enero de 2011, razón por la cual declara su INCOMPETENCIA para conocer del fondo del asunto y ordena remitir el presente expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines que se pronuncie sobre su competencia y así se declara.-

- VI -

DISPOSITIVO

En torno a lo precedentemente expuesto, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara su INCOMPETENCIA para conocer recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, interpuesto en fecha 12 de abril de 2011, por el ciudadano H.S., titular de la cédula de identidad Nº V. 8.574.725, en su carácter de Contralor Municipal del Municipio Vargas del Estado Vargas, debidamente asistido por el abogado J.E.V.G., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 74.983, contra la Ordenanza de Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Municipio Vargas para el Ejercicio Fiscal 2011, publicado en Gaceta Municipal Nº 161-2011, de fecha 20 de enero de 2011, declinando la competencia a la SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, razón por la cual ordena remitir el presente expediente a la mencionada Sala a los fines que se pronuncie sobre su competencia.-

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE

Debidamente firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, a los dieciocho (18) mes de julio del año dos mil once (2011). Años 201° de la Independencia y 151° de la Federación.

DR. A.G..

EL JUEZ,

ABG. HERLEY PAREDES

SECRETARIA

En la misma fecha, y siendo las __________________de la mañana ( ) se publicó y registró la anterior decisión.

ABG. HERLEY PAREDES

SECRETARIA

Expediente N° 06743

AG/HP/jv.-

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