Decisión nº 817 de Juzgado Superior Civil de Vargas, de 16 de Marzo de 2005

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2005
EmisorJuzgado Superior Civil
PonenteIdelfonso Ifill Pino
ProcedimientoQuerella Interdictal

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL

ESTADO VARGAS

Maiquetía, 16 de Marzo de 2005

195 y 146

La Secretaria Accidental del Tribunal dió cuenta al ciudadano Juez de la recepción de las copias certificadas del presente expediente procedente del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial, constante de setenta y ocho (78) folios útiles, de conformidad con el Artículo 516 del Código de Procedimiento Civil, contentivo de la QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO, interpuesto por el ciudadano G.D.D.G., en contra del CENTRO S.B., C.A., y la ADMINISTRADORA DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO DE LAS ENTIDADES PUBLICAS DEL ÁREA METROPOLITANA (APIEPAM, C.A.), désele entrada, anótese y regístrese en los libros respectivos que a tal efecto son llevados por este Tribunal, el cual subió a esta Alzada en virtud de la apelación interpuesta por el apoderado judicial del Tercer Interviniente en contra de los autos dictados en fechas 30 de Abril y 19 de Noviembre de 2004, en consecuencia, se fija para el décimo (10mo.) día de despacho siguiente al de hoy, la oportunidad para que las partes presenten sus INFORMES por escrito en cualquier hora de las destinadas por este Tribunal para despachar, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 517 del Código de Procedimiento Civil.

EL JUEZ

ABG. IDELFONSO IFILL PINO

EL SECRETARIO

RICHARD ZARATE RODRIGUEZ

IIP/RZR/ertd

EXP. N 1430

QIdeA

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