Decisión nº 080-16 de Corte de Apelaciones de Violencia contra la Mujer con competencia de reenvio de Caracas, de 11 de Abril de 2016
Fecha de Resolución | 11 de Abril de 2016 |
Emisor | Corte de Apelaciones de Violencia contra la Mujer con competencia de reenvio |
Ponente | Otilia Delgado de Caufman |
Procedimiento | Despacho Saneador |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y EN MATERIA DE REENVIO EN LO PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 11 de abril de 2016
205° y 157°
Ponenta: O.D.C.
Decisión N° 080-16
Asunto Nº CA-3002-16VCM
En fecha 18 de marzo de 2016, el ciudadano G.E.N.N., inscrito en el Intituto de Previsión Social del Abogado con la matricula Nº 43.849, actuando en nombre y representación de la ciudadana Lilisbeth C.R.T., titular de la cedula de identidad Nº V-17.437.680, presentó ante la Unidad de Recepción y Distribución de este Circuito Judicial, escrito de Acción de A.C. contra la presunta omisión de pronunciamiento por parte del Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial, relacionado con la causa seguida contra el ciudadano E.J.S.Z., lo cual vulnera los derechos y garantías establecidos en los artículos 26, 27, 49, 51 y 257 constitucional.
Al respecto, revisado el escrito presentado; esta Corte verifica que el accionante no determina cuál es su pretensión específica, concretamente no indica de forma clara y especifica, la acción u omisión incurrida por el Juzgado presunto agraviante, ni señaló los derechos y garantías conculcados.
En este orden, y con fundamento en el artículo 19 de la Ley Orgánica de A.S.D. y Garantías Constitucionales y a lo establecido en la Sentencia Nº 7 de fecha 1 de febrero de 2000, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, el accionante deberá en el lapso de 48 horas siguientes a la notificación, corregir las omisiones antes mencionadas, indicando específicamente lo siguiente:
-
- Señalar específicamente cuál es la omisión u omisiones de rango constitucional incurridas por el presunto agraviante.
-
- Identificar si fue interpuesta alguna vía ordinaria o extraordinaria en contra de la actuación u omisión incurrida por el presunto agraviante, que dio origen a la presente hacino de a.c. e,
-
- Indicar expresamente el derecho o la garantía constitucional violado o amenazado de violación.
Líbrese boleta de notificación al profesional del Derecho G.E.N.N.. Cúmplase.
EL JUEZ y LAS JUEZAS INTEGRANTES
J.B.U.
PRESIDENTE
O.D.C.
Ponenta C.M.Q.M.
LA SECRETARIA,
OSLEYDIN J.C.S.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA,
OSLEYDIN J.C.S.
JBU/ODC/CMQ/odc/avmm
CA-3002-16VCM