Decisión de Corte de Apelaciones de Apure, de 4 de Agosto de 2016

Fecha de Resolución 4 de Agosto de 2016
EmisorCorte de Apelaciones
PonenteCinthia Meza Cedeño
ProcedimientoCon Lugar La Inhibición

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES

DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

San F.d.A., 4 de Agosto de 2016

206° y 157°

CAUSA Nº 1Inh-3313-16

JUEZ PONENTE: C.M.M.C.

Corresponde a esta Alzada pronunciarse sobre la inhibición planteada el 18-7-2016 por el Abg. J.A.L.I., Juez 1° de Primera Instancia en funciones de Juicio Itinerante del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, quien de conformidad con el artículo 90 del Código Orgánico Procesal Penal, alegó como causal para separarse del conocimiento de la causa que cursaba ante el Despacho a su cargo en Expediente Nº 1U-724-12, la prevista en el numeral 7 del artículo 89 eiusdem. Esta Corte pasa a pronunciarse en los siguientes términos:

I

DE LA INHIBICIÓN PLANTEADA

El Juez J.A.L.I., mediante acta cursante a los folios 1 y 2 del presente cuaderno de incidencia, expresó como sustento de su inhibición:

… por cuanto en fecha 07 de diciembre de 2015, tomé posesión del Tribunal de Juicio (Itinerante)… y, evidenciando que en ésta (sic) causa: En fecha 10/08/2012 (folios 1.044 al 1.055) el Tribunal Primero de Control a cargo de éste (sic) juzgador para ese momento decretó el Auto de Apertura a Juicio, para los ciudadanos PADILLA GUERRA M.D.C., A.P.J.G., M.A.M.K., NUÑEZ J.Y.L. y A.W.R.… publicándose el Auto (sic) fundado de tal decisión en esa fecha cuando estaba desempeñándome como Juez Suplente del Tribunal de Control N° 01 de éste (sic) Estado… el suscrito Juez ha participado en una serie de actos jurisdiccionales en la fase preliminar, implicando toda esa actividad procesal, entre otros, el pronunciamiento de Aperturar (sic) Juicio Oral y Público por la presunta comisión del delito de PECULADO CULPOSO… Se observa también que el conocimiento de la causa, ha correspondido por distribución a este Juzgador en funciones de Juicio Itinerante correspondiéndole su conocimiento en virtud de la designación antes acotada como Juez del Tribunal Itinerante a quien (sic) suscribe, es decir, el mismo que presenció los actos y dictó las medidas correspondientes arriba indicadas… Ello constituye una situación que con arreglo a lo dispuesto en el ordinal (sic) 7° del Artículo (sic) 89 COPP (sic) determina la insoslayable necesidad para el suscrito, de inhibirme del conocimiento de la presente causa…

.

II

MOTIVACIÓN PARA DECIDIR

El Abg. J.A.L. fundamentó su inhibición en el numeral 7 del artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal, alegando que por dictar auto de apertura a juicio en causa seguida contra los ciudadanos PADILLA GUERRA M.D.C., A.P.J.G., M.A.M.K., NUÑEZ J.Y.L. y A.W.R., cuando cumplió funciones como juez de control, veía afectada su imparcialidad para conocerla como juez de juicio itinerante, ya que emitió opinión en ella que tocó el fondo del asunto. Ofreció como medio probatorio para demostrar lo expresado, copia que documentó el auto de apertura a juicio de fecha 10-8-2012 (folios 3 al 14 del presente cuaderno de incidencia).

Esta Corte, en decisión del 19-5-2015 en el Expediente Nº 1Inh-3019-15 con Ponencia del Juez J.C.G.G., en incidencia con tema jurídico semejante al del presente caso, estableció el siguiente criterio: “… El pronunciamiento que se emite en audiencia preliminar admitiéndose una acusación, explicitado luego en el auto de apertura a juicio, constituye una decisión mediante la cual el juez declara existir mérito para el enjuiciamiento oral y público del acusado, lo que se sustenta en lo que la Doctrina ha denominado pronóstico de culpabilidad... El auto de apertura a juicio es pues una decisión con la entidad suficiente para afectar la imparcialidad del juez que lo dictó cuando le toca el conocimiento de esa causa en juicio, ya que su objeto es que el proceso avance hacia una sentencia, en el entendido que la inicial presunción razonable de participación de una persona en delito, se convirtió en fundamento serio para su enjuiciamiento público, o lo que se vuelve a mencionar, el juez estimó pronóstico de culpabilidad…”.

Sirva la referencia hecha en el párrafo que antecede para motivar la resolución de este asunto, en razón de lo cual esta Alzada, asume que lo ajustado a Derecho es declarar con lugar la inhibición formulada por el Juez J.A.L.. ASI SE DECIDE.

III

DISPOSITIVA

En virtud de las consideraciones que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento:

ÚNICO: Declara con lugar, de conformidad con el numeral 7 del artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 99 eiusdem, la inhibición planteada el 18-7-2016 por el Abg. J.A.L.I., Juez 1° de Primera Instancia en funciones de Juicio Itinerante del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en causa que cursaba ante el Despacho a su cargo en Expediente Nº 1U-724-12.

Publíquese, regístrese, diarícese y remítase copia certificada del presente fallo, junto con el cuaderno de incidencia a el Juez 1° de Primera Instancia en funciones de Juicio Itinerante del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, para que remita este último al juez que esté conociendo del asunto principal. Ofíciese lo conducente.

LA JUEZA PRESIDENTE (Ponente),

C.M.M.C.

EL JUEZ,

J.C.G.G.

EL JUEZ,

E.E.C.

LA SECRETARIA,

ABG. K.L.

En esta misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las once (11:00) de la mañana.

LA SECRETARIA,

ABG. K.L.

Causa Nº 1Inh-3313-16.

CMMC/JCGG/EEC/KL/Manorka.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR