Decisión de Juzgado Octavo Superior Del Trabajo de Caracas, de 12 de Agosto de 2008
Fecha de Resolución | 12 de Agosto de 2008 |
Emisor | Juzgado Octavo Superior Del Trabajo |
Ponente | Greloisida Ojeda |
Procedimiento | Desistimiento Del Recurso De Apelacion |
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, doce (12) de Agosto de dos mil ocho (2008)
196º y 147º
SENTENCIA
N° DE EXPEDIENTE: AP22-R-2006-000104
PARTE ACTORA: N.C., venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 6096385.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: W.S., inscrita en el IPSA bajo el Nro. 70.490.
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO NACIONAL DE GERIATRIA Y GERONTOLOGIA (INAGER)
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: C.G.G., inscrita en el IPSA bajo el Nro. 89037.
MOTIVO: Apelación interpuesta por la apoderada judicial de la parte actora contra auto de fecha 08 de noviembre de 2006, mediante el cual se declara desistido el procedimiento y terminado el proceso.
Como consecuencia del proceso de distribución de expedientes, realizado en fecha 26-01-2007 (folio 142), le correspondió su conocimiento a esta Alzada, por lo cual se procede a dictar el fallo in extenso, previas las siguientes consideraciones:
Vista la incomparecencia de la parte actora apelante, el día 05 de agosto de 2008, a las 10:00 a.m., fecha fijada para la Audiencia Oral y Pública, la cual no se presentó ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, resulta forzoso para este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declarar: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la parte actora en contra de decisión de fecha 08 de noviembre de 2006,emanada del Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, Transitorio de este Circuito Judicial del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró Desistido el Procedimiento y terminado el proceso. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada. TERCERO: Se condena en costas a la parte actora de conformidad con el Artículo 62 de la Ley Procesal del Trabajo.
PUBLIQUESE, REGÍSTRESE Y REMITASE,
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los doce (12) días del mes de Agosto de 2008. Años 196º y 147º
LA JUEZA;
Dra. GRELOISIDA OJEDA NÚÑEZ
LA SECRETARIA,
Abg. L.M.
En esta misma fecha y previo cumplimiento de Ley, siendo las once y de la mañana (11:00 a.m.) se dictó y publicó la presente decisión.
LA SECRETARIA,
Abg. L.M.
GON/mg/lm