Decisión de Juzgado Superior Quinto Agrario de Monagas, de 2 de Febrero de 2010

Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2010
EmisorJuzgado Superior Quinto Agrario
PonenteSilvia Julia Espinoza Salazar
ProcedimientoQuerella Funcionarial (Prestaciones Sociales)

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR QUINTO AGRARIO Y CIVIL-BIENES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION SUR ORIENTAL.

Maturín, 02 de febrero de 2010

199º y 150º

Visto la Querella Funcionarial (Prestaciones Sociales), recibida en fecha 19 de noviembre de 2009; incoado por la ciudadana MIRIANGELA VEGAS MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.836.019, asistida en este acto por el abogado, E.J.O.M., e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 92.851, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO MATURIN DEL ESTADO MONAGAS; en este sentido visto que no se encuentran presente las causales de Inadmisibilidad en el presente caso, este Tribunal la Admite, cuanto a lugar en derecho se refiere.

En consecuencia, se ordena emplazar al Sindico Procurador Municipal del Municipio Maturin del estado Monagas, de conformidad con lo establecido en el articulo 152 de la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal, en concordancia con el articulo 98 de la Ley Orgánica de la Administración Publica, para que comparezca por ante éste juzgado a dar contestación a la querella, dentro del plazo de quince (15) días de despacho, siguiente a que conste en auto su citación, de conformidad con lo establecido en el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública, los cuales comenzaran a transcurrir, vencido que sea el lapso establecido en el articulo ut supra señalado.

Igualmente se acuerda solicitarle la remisión a éste Juzgado de los Antecedentes Administrativos del caso en un plazo que no deberá exceder de Ocho (08) días de despacho; contados a partir de la fecha de recibo de la presente comunicación.

Remítase copia certificada de la querella y todos sus anexos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. Igualmente se ordena notificarle al Alcalde del Municipio Maturin del Estado Monagas, contados a partir de la fecha de recibo de la presente comunicación. Líbrense oficios. Cúmplase con lo ordenado.

La Jueza Provisoria,

SILVIA J E.S.

La Secretaria,

Mary J Cáceres Ynfante.

SJVES/MJC/JFJ

Exp. N° 3980.

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