Decisión de Tribunal Superior Primero del Trabajo de Aragua, de 4 de Mayo de 2009

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2009
EmisorTribunal Superior Primero del Trabajo
PonenteJosé Felipe Montes Navas
ProcedimientoAccidente De Trabajo

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO

DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, 04 de Mayo de 2009

199° y 150°

ASUNTO: DP11-R-2009-000123

ACTA

PARTE ACTORA: Ciudadano A.A.M.R., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.7.214.026.

PARTE DEMANDADA: MATERIALES ELÉCTRICOS PLOMERIA J.N.C., C.A.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTA EN AUTOS.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTA EN AUTOS.

MOTIVO: RECURSO DE APELACION.-

En el día de hoy 04 de Mayo de 2009, siendo las Nueve y Treinta (09:30 a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral de Parte prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se anunció el Acto a las puertas del Tribunal, estando presentes el Ciudadano Juez Superior Dr. J.F.M.N., la Secretaria Abogada Lisselott Castillo y el Alguacil J.N., se declaró abierto el Acto. Se deja constancia de la INCOMPARECENCIA NI POR SÍ NI POR INTERPUESTO APODERADO JUDICIAL ALGUNO, DE LA PARTE ACTORA y apelante de la sentencia de fecha 13 de Abril de 2009 por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua con sede en la Victoria. Este Juzgado Primero Superior del Trabajo en el Estado Aragua, vista la Incomparecencia de la parte actora y recurrente a la Audiencia oral de parte pautada para el día de hoy, a las Nueve y Treinta de la mañana (9: 30 a.m.), declara: DESISTIDO, el recurso de Apelación ejercido contra la sentencia supra indicada; remítase el presente expediente al Tribunal de origen, una vez vencido el lapso de Ley, todo ello de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se deja constancia que la presente Audiencia Oral fue reproducida en forma audiovisual de conformidad con el Artículo 166 ejusdem. Es todo. Terminó, Se leyó y conformes firman.

EL JUEZ SUPERIOR,

DR. J.F.M.N..

LA SECRETARIA,

ABG.LISSELOTT CASTILLO.

EL ALGUACIL,

J.N.

EL TÉCNICO AUDIOVISUAL,

A.R.

JFMN/LC.

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