Decisión de Juzgado Superior Sexto en lo Civil y Contencioso Administrativo. de Caracas, de 16 de Octubre de 2007

Fecha de Resolución16 de Octubre de 2007
EmisorJuzgado Superior Sexto en lo Civil y Contencioso Administrativo.
PonenteJose Silva
ProcedimientoQuerella

JUZGADO SUPERIOR SEXTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, dieciséis (16) de octubre de dos mil siete (2007).

197º y 148º

Estando dentro del lapso de cinco (05) días de despacho para dictar el dispositivo del fallo, tal como lo establece el artículo 107 de la Ley de Estatuto de la Función Pública. Este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR en la querella interpuesta por los abogados WILLIAM BENSHIMOL R, L.R. BENSHIMOL DOZA y LEÓN S. BENSHIMOL SALAMANCA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 12.026, 53.471 y 76.696, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano J.J.C.G., portador de la cédula de identidad Nro. 13. 404.492, mediante la cual solicitan la nulidad del acto administrativo contenido en el Oficio N° JC/010871, de fecha 01 de noviembre de 2005, suscrito por el Embajador J.L.P.S., Presidente del jurado Calificador, Ministerio de Relaciones Exteriores, hoy Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores por el cual se le notifica que no satisface las condiciones necesarias para su ingreso definitivo a la carrera diplomática.

EL JUEZ

JOSÉ GREGORIO SILVA BOCANEY

EL SECRETARIO PROVISORIO

CARLOS B. FERMÍN. P

EXP.07-1900/annd.-

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