Decisión de Tribunal Superior Agrario de los Estados Aragua y Carabobo de Aragua, de 5 de Febrero de 2015

Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2015
EmisorTribunal Superior Agrario de los Estados Aragua y Carabobo
PonenteHector Benitez
ProcedimientoMedida Autónoma De Proteccion

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY Y CON COMPETENCIA EN EL ESTADO CARABOBO

(204° y 155°)

Maracay, cinco (05) de febrero de año 2015

EXP.- JSAAC- 2013-0219

Vista la decisión dictada por este Juzgado Agrario en fecha quince (15) de julio del 2013, mediante la cual ratifico la medida dictada en fecha 26 de julio de 2012, sobre el predio ubicado en el sector Paraparal, Parroquia Los Guayos, Municipio Los Guayos del estado Carabobo, que forma parte de la “Unidad de Producción Socialista San Venancio”, se ordena librar oficios dirigidos al Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela, Vicepresidente de Seguridad y Soberanía Alimentaria, Fiscal General de la Republica Bolivariana de Venezuela, Asamblea Nacional-Presidencia, Comisión Permanente de Administración y Servicios, Comisión Permanente de Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, Comisión Permanente de Defensa y Seguridad, Comisión Permanente de Contraloría, Comisión Permanente de Familia, Comisión Permanente de Política Interior, Ministerio del Poder Popular de Seguimiento de Gestión de Gobierno, Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras, Ministerio del Poder Popular para la Vivienda, Hábitat y Ecosocialismo, Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Genero, Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Los Movimientos Sociales, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores Justicia y Paz, a los fines de que tengan conocimiento de la presente decisión. Líbrense los oficios correspondientes. Cúmplase.

EL JUEZ

ABG. HÉCTOR A BENÍTEZ CAÑAS

EL SECRETARIO

ABG. DANIEL SUAREZ SERRANO

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

EL SECRETARIO

ABG. DANIEL SUAREZ SERRANO

EXP. - JSAAC- 2013-0219

HBC/dss/ab

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