Decisión de Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de Caracas, de 5 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2010
EmisorTribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo
PonenteJosé Valentin Torres Ramírez
ProcedimientoRecurso Contencioso Administrativo Funcionarial

TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, con sede en Caracas. Caracas, cinco (05) de octubre de dos mil diez (2010).

200° y 151°

Visto el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por las abogadas C.V.M.A. y M.C.A., inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 37.020 y 19.655, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas judiciales del ciudadano M.A.S.S., titular de la cedula de identidad Nº 6.889.018 contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES DE INTERIOR Y JUSTICIA, DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS SERVICIOS DE INTELIGENCIA Y PREVENCIÓN hoy SERVICIO BOLIVARIANO DE INTELIGENCIA NACIONAL (SEBIN). Este Órgano Jurisdiccional lo ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 98 y 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. Procédase a la citación de la ciudadana PROCURADORA GENERAL DE LA REPÚBLICA, a fin de dar contestación a la presente querella en un lapso de quince (15) días de despacho siguientes contados a partir de la fecha en que conste en autos su citación, luego de haber transcurrido el lapso de quince (15) días hábiles de conformidad con lo establecido en el artículo 82 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. En aras de la celeridad procesal de conformidad con el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. Igualmente se solicita el expediente administrativo del querellante, el cual debe consignarse en copias debidamente certificadas y foliadas. Notifíquese al ciudadano MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA. Líbrense oficios y anéxense las copias certificadas y simples respectivas.

EL JUEZ

LA SECRETARIA

Abg. JOSÉ VALENTÍN TORRES

Abg. EGLYS FERNÁNDEZ

Exp. 1440

JVTR/EFT/GP/mgr.-

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