Decisión nº XP01-R-2013-000033 de Corte de Apelaciones de Amazonas, de 29 de Agosto de 2013

Fecha de Resolución29 de Agosto de 2013
EmisorCorte de Apelaciones
PonenteMarilyn de Jesus Colmenares
ProcedimientoAuto De Acumulación De Expedien

ASUNTO PRINCIPAL : XP01-P-2012-000498

ASUNTO : XP01-R-2013-000033

JUEZA PONENTE: MARILYN DE JESUS COLMENARES

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

IMPUTADO: R.A.G.G., titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.242.696, R.E.G.G., titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.580.438, NIXSON O.C.S., titular de la Cédula de Identidad Nº V.-26.321.985, J.G.S., titular de la Cédula de Identidad Nº V.-26.113.596 J.A.E.F., titular de la Cédula de Identidad Nº 25.275.160, A.J.N.M., titular de la Cédula de Identidad Nº V.-20019629 y J.G.L., titular de la Cédula de Identidad Nº V.-19.352.955.

DEFENSOR: Abogado J.V.Q., Defensor Público Cuarto Penal y Abogado E.H., Defensor Público Primero Penal, ambos de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas. Penal de esta Circunscripción Judicial Penal del Estado Amazonas, con domicilio procesal en la Avenida Orinoco, Edificio San José, segundo piso, oficina sin número, sede de la Unidad de Defensa Pública, de esta Ciudad de Puerto Ayacucho, Municipio Atures, Estado Amazonas.

FISCALIA: Abogado A.P.M., Fiscal Auxiliar Octavo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas.

VICTIMA: LA COLECTIVIDAD.

DELITO: POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas.

PROCEDENCIA: TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL.

MOTIVO: RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEFINITIVA.

I

ANTECEDENTES

Visto que en fecha 28 de Agosto de 2013, se recibió por ante la Secretaría de esta Corte de Apelaciones, oficio signado con el Nº 2.755-2013, suscrito por la Abogada AMURABY E.B., en su condición de Juez Primero (Temporal) de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, mediante el cual remite Recurso de Apelación de Sentencia signado con el Nº XP01-R-2013-000036, que contiene Recurso de Apelación, ejercido por el Abogado A.P.M., en su condición de Fiscal Auxiliar Octavo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en contra de la decisión dictada en audiencia de preliminar de fecha 10 de Junio de 2013 y fundamentada en esa misma fecha, por el mencionado Tribunal, mediante la cual desestimo la acusación y decreto el Sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano R.A.G.G., titular de la Cédula de Identidad Nº V.-18.242.696, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el articulo 153 de la Ley Orgánica de Drogas en perjuicio de la Colectividad, y de la revisión realizada a las actas que conforman el presente asunto, se evidencia que el mismo guarda relación con el asunto N° XP01- P- 2012- 000498, seguida a los ciudadanos R.A.G.G., NIXSON O.C.S., J.G.S., J.A.E.F., A.J.N.M., J.G.L. y R.A.G.G., por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 153 de la Ley Orgánica de Drogas en perjuicio de la Colectividad, que también origino el asunto N° XP01- R- 2013- 000033, que fuera recibido en fecha 15 de Julio de 2013 por ante este Tribunal de Alzada mediante oficio N° 2068-13, suscrito por la Abogada Y.R.R., en su condición de Juez Primero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Fiscal Auxiliar Octavo del Ministerio Público ABG. A.P., en contra de la decisión dictada en Audiencia Preliminar de fecha 04 de Junio de 2013, mediante la cual desestimo la acusación y decreto el Sobreseimiento de la causa seguida a los ciudadanos R.A.G.G., NIXSON O.C.S., J.G.S., J.A.E.F., A.J.N.M. y J.G.L..

Ahora bien, visto que la pretensión de los recursos poseen el mismo hecho y las mismas partes que conforman el asunto principal N° XP01- P- 2012- 00498, es por lo que esta Corte de Apelaciones, acuerda a los fines de evitar decisiones contradictorias en un mismo proceso, y en virtud de la unidad procesal, ACUMULAR al asunto signado con el Nº XP01-R-2013-000036 al asunto Nº XP01-R-2013-000033, esto de conformidad con lo establecido en el artículo 70 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece: “La acumulación de autos en materia penal se efectuar en cualquier caso en que el criterio judicial dependa de la relación que guardan entre si los varios hechos enjuiciados”. En consecuencia, quedará en estado de trámite el asunto Nº XP01-R-2013-000033, dándose por terminado el recurso XP01-R-2013-000036, razón por la cual deberá realizarse la corrección de foliatura por secretaría, de conformidad con el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se deja constancia que la ponencia le corresponderá a la JUEZA M.D.J.C..

II

DISPOSITIVA

En razón de lo expuesto, esta Corte de Apelaciones en lo Penal, Responsabilidad Penal Adolescente y Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, actuando en sede Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, PRIMERO: Se ordena ACUMULAR al asunto signado con el Nº XP01-R-2013-000033, que contiene Recurso de Apelación, ejercido por el Fiscal Auxiliar Octavo del Ministerio Público ABG. A.P.M., en contra de la decisión dictada en fecha 04 de Junio de 2013, por el Tribunal Primero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, al asunto N° XP01- XP01-R-2013-000036 que contiene Recurso de Apelación, ejercido por el Fiscal Auxiliar Octavo del Ministerio Público ABG. A.P.M., en contra de la decisión dictada en fecha 10 de Junio de 2013, por el mencionado Tribunal, esto de conformidad con lo establecido en el artículo 70 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Como consecuencia de la acumulación, quedara en estado trámite el recurso XP01-R-2013-000033, lo cuales contendrá los Recursos de Apelación, ejercidos por el Fiscal Auxiliar Octavo del Ministerio Público Abogado ABG. A.P.M., en contra de la decisión dictada en fecha 04 de Junio de 2013 y 10 de Junio de 2013 respectivamente, por el Tribunal Primero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, en la causa seguida a los ciudadanos R.A.G.G., titular de la Cédula de Identidad Nº 19580438, NIXSON O.C.S., titular de la Cédula de Identidad Nº V.-26.321.985, J.G.S., titular de la Cédula de Identidad Nº V.-26.113, J.A.E.F., titular de la Cédula de Identidad Nº 25.275.160, A.J.N.M., titular de la Cédula de Identidad Nº V.-20019629, J.G.L., titular de la Cédula de Identidad Nº V.-19.352.955 y R.A.G.G., titular de la Cédula de Identidad Nº V.-18.242.696, respectivamente, por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 153 del a Ley Orgánica de Drogas en perjuicio de la Colectividad.

Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese un ejemplar en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal. Se instruye a la ciudadana secretaria para que de cumplimiento a lo acordado en el auto que antecede. Cúmplase.

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Reuniones de la Corte de Apelaciones en lo Penal, Tribunal Superior Civil, Mercantil, Tránsito, Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, en Puerto Ayacucho, a los Veintinueve (29) días del mes de Agosto de Año dos mil trece (2013). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.

Jueza Presidenta,

L.Y.M.P.

La Jueza y Ponente El Juez

M.D.J.C. ARGENIS ORLANDO UTRERA MARÍN

La Secretaria

M.A.M.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

La Secretaria,

M.A.M.

N° XP01-R-2013-000033

LYMP/MJC/AOUM/MAM/bm.-

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