Decisión nº Q-0488-09 de Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de Nueva Esparta, de 7 de Agosto de 2009

Fecha de Resolución 7 de Agosto de 2009
EmisorJuzgado Superior en lo Contencioso Administrativo
PonenteVirginia Teresita Vásquez González
ProcedimientoRecurso Contencioso Administrativo Funcionarial

San J.B., 7 de Agosto de 2009

199° y 150°

Vista la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana CRISSANTY DEL VALLE ANTON, venezolana, mayor de edad, títular de la cédula de identidad Nº V-13.670.123, de este domicilio, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO G.D.E.N.E., cursante en el expediente Nº Q-0488-09, y revisadas como han sido todas las actuaciones que lo integran, así como los recaudos correspondientes, no se observan “in limini litis” evidentes causales de inadmisibilidad, por lo que este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, la admite en cuanto ha lugar a derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con el artículo 19.4 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de que si se demostraran posteriormente, se decidirá al respecto. En atención a lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, considera este Juzgado procedente solicitar el correspondiente expediente administrativo a la Sindica Procuradora del Municipio G.d.E.N.E., a que se contrae el encabezamiento del artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. Asimismo, se ordena notificar la ALCALDE DEL MUNICIPIO G.D.E.N.E., y citar a la Síndica Procuradora del mencionado Municipio, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 218 y 223 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el primer aparte del artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública y con el artículo 152 de la Ley de Orgánica del Poder Público Municipal, aplicable supletoriamente por mandato del artículo 19.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para que el órgano municipio, comparezca ante el Tribunal a dar contestación a la mencionada querella, dentro del plazo de quince (15) días de despacho siguientes a que consten en autos las respectivas citaciones aquí ordenadas. A los efectos, de las citaciones acordadas, líbrense compulsas por secretaría, del libelo, de los recaudos y del presente auto de admisión, de conformidad con lo establecido en el segundo aparte del artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente se le conceden a la querellada, dos (2) días de despacho siguientes al recibo del oficio correspondiente, para que remita el expediente administrativo del mencionado querellante. Líbrense oficios de citación.

LA JUEZA PROVISORIA

Dra. V.T.V.G.

LA SECRETARIA

Abg. JULIETA MARIA SALAZAR BRITO

Exp. Nº Q-0488-09

VVG/JMSB/GSerra

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR