Decisión de Juzgado Superior Primero en lo Laboral de Miranda, de 30 de Abril de 2013

Fecha de Resolución30 de Abril de 2013
EmisorJuzgado Superior Primero en lo Laboral
PonenteAdolfo Hamdan Gonzalez
ProcedimientoCalificación De Despido

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE APELACION

En el día de hoy, martes, veintinueve (29) de abril de 2013, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar el dictamen de la sentencia oral y pública en la causa que sigue la ciudadana CIOLY DEL VALLE R.D. titular de la Cédula de Identidad N°. 10.872.025 contra la sociedad mercantil KARIÑITOS 214 C.A. y KARITAS PELUQUERÍA INFANTIL por concepto CALIFICACION DE DESPIDO, en virtud de la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte accionante, abogado A.J.C.B. inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 8.981 contra la sentencia de fecha 18 de junio de 2012 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en la ciudad de Guarenas, la cual cursa en el expediente N° 1910-12 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja expresa constancia de la comparecencia de los ciudadanos abogados C.E.A.G. y A.J.C.B. inscrito en el INPREABOGADO número 59.916 y 8.981 en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante y apelante, respectivamente. Así mismo, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte accionada ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Se deja expresa constancia que la presente audiencia se ha reproducido en el material audiovisual. Seguidamente, se da inicio al presente acto, el ciudadano Juez, de conformidad con la norma contenida en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede a dictar la sentencia oral en el presente expediente previo un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: “…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley y declara PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte accionante, abogado A.J.C.B. inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 8.981 contra la sentencia de fecha 18 de junio de 2012 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en la ciudad de Guarenas. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana CIOLY DEL VALLE R.D. titular de la cédula de identidad N°. 10.872.025 contra las co-demandadas sociedad mercantil KARIÑITOS 214 C.A. y KARITAS PELUQUERÍA INFANTIL por concepto CALIFICACION DE DESPIDO y PAGOS DE SALARIOS CAIDOS los cuales serán calculados con exclusión de los lapsos que ha establecido la doctrina de la sala. TERCERO: SE REVOCA la sentencia de fecha 18 de junio de 2012 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en la ciudad de Guarenas. CUARTO: Se condena en Costas a la parte demandada por haber quedado totalmente vencida en el juicio. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente a la presente fecha, y será a partir de la preclusión del mencionado lapso para la publicación de dicha decisión, cuando comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, a los veintinueve (29) días del mes de abril del año dos mil trece (2013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman.

A.H.G.

EL JUEZ SUPERIOR

ISBELMART CEDRE TORRES

LA SECRETARIA

APODERADO JUDICIAL

DE LA PARTE DEMANDANTE Y APELANTE

EXP. 1910-13

AHG/ICT

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