Decisión de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 27 de Julio de 2006

Fecha de Resolución27 de Julio de 2006
EmisorJuzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteVictor Gonzalez
ProcedimientoNulidad De Contrato

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veintisiete (27) de julio de dos mil seis (2006).-

Años 196º y 147°

Vista la diligencia suscrita en fecha veintiséis (26) de abril de 2006, por el abogado F.T., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 97.331, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, mediante la cual se da por notificado de la sentencia proferida por este Juzgado y solicita copia certificada de la sentencia emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de ésta Circunscripción Judicial y de la sentencia emanada de este Juzgado en fecha 25 de julio de 2006; este Tribunal, acuerda lo solicitado. En consecuencia, ordena expedir por secretaría las copias certificadas solicitadas con inserción de la diligencia mediante la cual las solicita y del presente auto que las acuerda. Elabórense las copias por el procedimiento de fotostato, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 deL Código de Procedimiento Civil. Y de igual manera, visto su pedimento de notificación a la parte actora, este Juzgado Superior observa que dicha solicitud no es contraria a derecho y en consecuencia ordena la elaboración de la correspondiente boleta a los fines de que se practique la notificación al demandante.

El Juez,

Dr. V.J.G.J.

El Secretario,

Abg. Richars D.M.

VJGJ/RM/zov

EXP. N°. 9257

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN SU NOMBRE JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-

Caracas, veintisiete (27) de julio de dos mil seis (2006).-

Años 196º y 147º

BOLETA DE NOTIFICACIÓN SE HACE SABER:

A la SOCIEDAD AUTO MILENIUM 2010, S.A., parte demandante en el expediente signado con el N° 9257 nomenclatura de este tribunal contentivo del juicio por NULIDAD DE CONTRATO incoado en contra de SOCIEDAD MERCANTIL AVENTURA LUNA PARK, C.A.; que por auto de esta misma fecha se acordó su notificación en virtud de la sentencia recaída en el presente juicio en fecha veinticinco (25) de julio de dos mil seis (2006).

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en el artículo 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil.- Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

DIOS Y FEDERACIÓN

EL JUEZ,

Dr. V.G.J..

VGJ/zov

Exp. 9257

Quien suscribe abogado Richars D.M., Secretario Titular del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Certifica: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de los originales que corren insertos en el expediente signado con el N° 9257 contentivo del juicio de NULIDAD DE CONTRATO incoado por AUTO MILENIUM 2010, S.A. en contra de SOCIEDAD MERCANTIL AVENTURA LUNA PARK, C.A. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Caracas, veintisiete (27) de julio de dos mil seis (2006).

El Secretario,

Abog. Richars D.M.

RDM/zovig

Exp. N° 9257

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