Decisión de Juzgado Superior Primero en lo Laboral de Miranda, de 1 de Agosto de 2011

Fecha de Resolución 1 de Agosto de 2011
EmisorJuzgado Superior Primero en lo Laboral
PonenteAdolfo Hamdan Gonzalez
ProcedimientoPrestaciones Sociales

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE PARTE

En el día de hoy, lunes, primero (01) de agosto de 2011, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal que tenga lugar la continuación de audiencia oral y pública de apelación en la causa por cobro de PRESTACIONES SOCIALES seguida por el ciudadano J.A.B., titular de la Cédula de Identidad N°.13.404.083 contra la empresa EL POLLO GIGANTE, C.A., en virtud de la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandada, abogado G.V.P. inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 37.427 contra la sentencia de fecha 06 de julio de 2011, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De M.C.S. en Los Teques, la cual cursa en el expediente numero 1749-11 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja constancia de la comparecencia del apoderado judicial de la parte demandada apelante, abogado G.V.P. inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 57.465. Así mismo, se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte accionante, ciudadano J.A.B., titular de la Cédula de Identidad N°.13.404.083 y su apoderada judicial, abogada A.A.V. inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°.90.696. Seguidamente se da inicio al acto, haciendo acto de presencia el ciudadano A.H.G., Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien, dejó constancia, en virtud de lo pautado en la oportunidad del inicio de la Audiencia de Apelación, en la cual se le exhortó a las partes, llegar a un acuerdo, le concedió el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte demandada, abogado G.V.P. quien manifestó haber propuesto en el día de hoy una oferta de pago. Acto seguido, se le concedió el derecho de palabra a la apoderada judicial de la parte actota, abogada A.A.V., quien manifestó estar en conversaciones con su representado, por lo que solicitó unos minutos para llegar a un posible consenso, todo lo cual quedó registrado en el material audiovisual. Acto seguido, el ciudadano Juez, vista la exposición de las partes, acordó suspender por unos minutos la presente audiencia con el objeto de que las partes concreten el posible acuerdo. En este estado, de regreso a la Sala, el ciudadano Juez procede a interrogar a las partes con relación a las conversaciones para llegar a un acuerdo. Acto seguido, se le otorgó el derecho de palabra, al apoderado judicial de la parte demandada, quien expuso no haber logrado llegar a un entendimiento, por lo que solicitó se dictara el dispositivo del fallo. Acto seguido, se le otorgó el derecho de palabra a la apoderada judicial de la parte actora, quien no hizo uso del mismo, todo lo cual quedó registrado en el material audiovisual. Seguidamente se da inicio al presente acto, el ciudadano Juez, de conformidad con la norma contenida en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede a dictar la sentencia oral en el presente expediente previo un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: “…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de M.c.S. en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley y declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandada, abogado G.V.P. inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 37.427 contra la sentencia de fecha 06 de julio de 2011, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De M.C.S. en Los Teques. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de PRESTACIONES SOCIALES seguida por el ciudadano J.A.B., titular de la Cédula de Identidad N°.13.404.083 contra la empresa EL POLLO GIGANTE, C.A en consecuencia, se condena a la parte demandada al pago de los conceptos de horas extras diurnas y nocturnas, prestación de antigüedad, intereses sobre prestación de antigüedad utilidades, vacaciones, bono vacacional e Indemnizaciones contenidas en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo. Así mismo, se condena el pago de intereses de mora, computados desde la fecha de terminación de la relación laboral hasta el efectivo pago. conforme a lo establecido en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela e indexación calculada desde la fecha de la notificación de la demanda, hasta el auto que decrete la ejecución, cuyos últimos dos conceptos mencionados serán realizados por el Tribunal a quien corresponda la ejecución. TERCERO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 06 de julio de 2011, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De M.C.S. en Los Teques, sin perjuicio de la revisión de las cantidades condenadas a pagar. CUARTO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada, por haber quedado totalmente vencida en esta Alzada. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente a la presente fecha, y será a partir de la preclusión del mencionado lapso para la publicación de dicha decisión, comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de M.c.S. en Los Teques, primero (01) días del mes de agosto de año dos mil once (2011). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman

A.H.G.

EL JUEZ SUPERIOR

PARTE ACTORA

APODERADA JUDICIAL

DE LA PARTE ACTORA

APODERADO JUDICIAL DE LA

PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA

EDINET VIDES ZAPATA

EXP. 1749-11.-

AHG/EVZ.-

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