Decisión de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 15 de Noviembre de 2016

Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2016
EmisorJuzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteVictor Gonzalez
ProcedimientoRecusaciòn

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, quince (15) de noviembre de dos mil dieciséis (2016)

Años 206º y 157º

Expediente Nº AP71-X-2016-000136 (829)

Visto el fallo dictado por este despacho en fecha veinticinco (25) de octubre del año en curso, mediante el cual se declaró sin lugar la recusación intentada por el abogado O.F.F., contra el Doctor C.L.G.P., en su condición de Juez a cargo del Juzgado Décimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, planteada en el juicio por DESALOJO siguen los ciudadanos J.L.F.S., E.D.G.d.F., A.G.F.S. y la sociedad mercantil INVERSIONES FSD 2007, C.A., contra el ciudadano H.F.F.; en consecuencia, este Tribunal ordena de oficio practicar cómputo por secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día veintiséis (26) de octubre de 2016, hasta el día catorce (14) de noviembre de 2016 (ambas fechas inclusive), siendo la última fecha el día en el cual venció el lapso para ejercer el recurso a que hubiere lugar contra la decisión supra referida. Cúmplase.-

El Juez,

Dr. V.J.G.J..

La Secretaria Titular,

Abg. M.E.R..

Quien suscribe, M.E.R., Secretaria Titular del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja constancia que desde el día veintiséis (26) de octubre de 2016, hasta el día catorce (14) de noviembre de 2016 (ambas fechas inclusive), transcurrieron DIEZ (10) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: OCTUBRE 2016: 26, 28, 31; NOVIEMBRE 2016: 02, 03, 04, 08, 09, 11 y 14. Caracas, quince (15) de noviembre del año dos mil dieciséis (2016). A 206º años de la Independencia y 157º de la Federación.

La Secretaria Titular,

Abg. M.E.R..

Expediente Nº AP71-X-2016-000136 (829)

VJGJ/MER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, quince (15) de noviembre de dos mil dieciséis (2016)

Años 206º y 157º

Expediente Nº AP71-X-2016-000136 (829)

Visto el computo que antecede y por cuanto se evidencia que ninguna de las partes ejerció recurso alguno contra la decisión dictada por este despacho en fecha veinticinco (25) de octubre del año en curso, mediante la cual se declaró sin lugar la recusación intentada por el abogado O.F.F., contra el Doctor C.L.G.P., en su condición de Juez a cargo del Juzgado Décimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, planteada en el juicio por DESALOJO siguen los ciudadanos J.L.F.S., E.D.G.d.F., A.G.F.S. y la sociedad mercantil INVERSIONES FSD 2007, C.A., contra el ciudadano H.F.F.; en consecuencia, este Tribunal declara firme la mencionada sentencia y ordena la remisión del expediente al Juzgado Décimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.-

El Juez titular,

Dr. V.J.G.J..

La Secretaria Titular,

Abg. M.E.R..

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente y se libró oficio Nº 2016-A-

La Secretaria Titular,

Abg. M.E.R..

Expediente Nº AP71-X-2016-000136 (829)

VJGJ/MER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DE TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, quince (15) de noviembre de dos mil dieciséis (2016)

Años 206º y 157º

Oficio Nº 2016-A-

Ciudadano:

Dr. C.L.G.P.

Juez del Juzgado Décimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Su Despacho.

Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio el expediente signado con el Nº AP71-X-2016-000136 (829) de la nomenclatura llevada por este Tribunal, con motivo de la incidencia de Recusación propuesta en su persona, planteada por el abogado O.F.F. inscrito en el inpreabogado bajo el N° 10.617, planteada en el Juicio por DESALOJO siguen los ciudadanos J.L.F.S., E.D.G.d.F., A.G.F.S. y la sociedad mercantil INVERSIONES FSD 2007, C.A., contra el ciudadano H.F.F., constante de una (01) pieza de cincuenta y tres (53) folios útiles.

Remisión que se hace, en virtud de haber sido declarada firme en esta misma fecha, la decisión dictada por este Tribunal en fecha veinticinco (25) de octubre de dos mil dieciséis (2016).-

Dios y Federación.

El Juez Titular,

Dr. V.J.G.J..

Edificio J.M.V., Esquina de Pajaritos, piso 17, Palacio de Justicia,

Municipio Libertador del Distrito Capital. Teléfono: (0212)4829194.

Expediente Nº AP71-X-2016-000136 (829)

VJGJ

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